LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
¿Cuál es la diferencia entre los derechos fundamentales y los derechos humanos?
¿Cuál es la diferencia entre los derechos fundamentales y los derechos humanos?
Los derechos
fundamentales y los derechos humanos se diferencian, principalmente, en una
cosa: el territorio de aplicación. Los derechos fundamentales están incluidos
en la Constitución o carta de derechos de cada país; por su parte, los derechos
humanos no tienen limitación territorial. ¿Lo sabías?
Los derechos
humanos son atributos que tienen todas las personas del mundo,
independientemente de su territorio, condición económica, social o personal, y
son...
• Universales
• Inviolables
• Intransferibles
• Irrenunciables
• Interdependientes
¿Qué son los
Derechos Fundamentales?
La
Constitución recoge una serie de derechos llamados “Derechos Fundamentales”,
son todos aquellos atribuibles a todas las personas sin excepción, y que se
consideran como un listado de reglas básicas y preeminentes en el ordenamiento
jurídico. Estos son notoriamente diferentes al resto de derechos porque son inalienables
(se adquieren desde el nacimiento) y no pueden ser objeto de transacción o
intercambio en el contrato de trabajo, aunque pueden sufrir alguna modulación
por lo que el trabajador está subordinado y tiene dependencia del empresario.
Algunos de estos derechos se rigen no solamente desde el inicio de la relación
laboral, sino también en los procesos de selección y claro está, en el despido
también.
Listado de
los Derechos Fundamentales
•
Igualdad de trato y no discriminación
•
Derecho a la vida, integridad física y moral
•
Derecho a la libertad ideológica y religiosa
•
Derecho a la libertad y a la seguridad
•
Derecho a la intimidad personal y familiar, honor e
inviolabilidad del domicilio.
Así como secreto de las comunicaciones y protección de datos
•
Derecho a la libertad de residencia y circulación
•
Derecho a la libertad de expresión
•
Derecho de reunión
•
Derecho de asociación
•
Derecho a la tutela judicial efectiva
•
Derecho a la educación
•
Derecho a sindicarse libremente y a huelga
La defensa de
los Derechos Fundamentales son más ágiles en términos judiciales en comparación
con los otros procedimientos laborales, debido a la importancia que tienen por
ser un pilar fundamental en la sociedad democrática de hoy en día. El carácter
de todos estos derechos es muy abierto, por lo que la apreciación de su
vulneración en los tribunales depende en muchos casos de matices o indicios
característicos de cada caso.
Derechos
reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores
Más allá de
los Derechos Fundamentales, los trabajadores disponen de un listado más
extensivo de derechos ubicado en el artículo 4 del Estatuto de Trabajadores.
Además de constar los derechos fundamentales anteriormente citados, constan de
otros más específicos de la relación laboral:
• Negociación
colectiva: poder negociar instrumentos como convenios colectivos o acuerdos
colectivos
• Información,
consulta y participación en la empresa.
• A
la ocupación efectiva: a presentarse al trabajo que se le dé, sin mantenerlo
desocupado
• A
la promoción y formación profesional en el trabajo, incluida la dirigida a su
adaptación, a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo, así como al
desarrollo de planes y acciones formativas tendentes a favorecer su mayor
empleabilidad
• A
la prevención de riesgos laborales: ello se halla estrictamente relacionado con
el derecho fundamental a la integridad física.
• A
la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida
• A
cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo.
En otros
preceptos del Estatuto de los Trabajadores se reconocen otros derechos también:
• Derecho
a la inviolabilidad de la persona del trabajador: derecho a que sólo se
realicen registros sobre la persona del trabajador, en sus taquillas y efectos
particulares, cuando sean necesarios para la protección del patrimonio
empresarial y del de los demás trabajadores de la empresa, dentro del centro de
trabajo y en horas de trabajo.
• Derecho
a que se garantice la ausencia de discriminación en los ascensos tanto directa
como indirecta, entre mujeres y hombres.
• Se
establecen los derechos a descansos y permisos
• Derechos
en casos de movilidad funcional, geográfica o en modificaciones sustanciales de
las condiciones de trabajo
• Derecho
a determinadas formalidades entre otras.
En suma, el
Estatuto de los Trabajadores ostenta en el artículo 4 un listado de derechos de
los trabajadores, sin embargo, a todos ellos debe sumarse los derechos
fundamentales regulados en la Constitución, así como el resto de los derechos
que aparecen en el resto del articulado del Estatuto de los Trabajadores
1. Realiza un afiches creativo en donde des a conocer la importacia de los derechos humanos
Observa el siguiente video
Enviar el trabajo por el enlace que se encuentra en el blog de Historia
FECHA DE ENTREGA: SABADO 13 JUNIO DE 2020
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